En toda organización el conflicto es inevitable e incide
significativamente en el comportamiento organizacional y desde luego, según la
forma como se manipule, los resultados pueden ser desastrosos, trayendo como
consecuencia el caos o bien conducir a la organización a su eficiencia. Es por
eso la relevancia de que la supresión, el jefe entre otros, logren que la
administración del conflicto constituya una parte fundamental del trabajo y de
su verdadero estilo de liderazgo.
Sin embargo, hay quienes señalan, que las diferentes
creencias o sistemas de valores pueden dar lugar a conflictos cuando las
personas que albergan estas diferencias tan fundamentales compiten por
objetivos diferentes de los cuáles perciben que sólo podrán alcanzarse uno.
Es por eso, que cuando se trata de un conflicto de valores,
ideas, sistemas de creencias o recursos, habrá que elegir la fórmula adecuada
de abordar el conflicto.
La Organización Internacional del Trabajo habla sobre posibles soluciones al conflicto:
- La Recomendación sobre conciliación y arbitraje voluntarios, 1951 (núm. 52) preconiza el establecimiento de medios de solución.
- En el mismo sentido el Convenio sobre negociación colectiva, 1981 (núm. 154) y la Recomendación 1981 (núm. 163), preconizan su establecimiento como medios de fomento de la negociación colectiva.
La
Recomendación sobre el examen de reclamaciones, 1967 (núm. 130) incide en la
idea del uso de los mecanismos voluntarios , mientras que el Convenio sobre
relaciones de trabajo en la administración pública, 1978
( núm. 151) se refiere a esta idea en el
ámbito de las relaciones laborales en el sector público.
No hay comentarios:
Publicar un comentario